DIAN EXIGE SOPORTE ELECTRÓNICO PARA DEDUCCIÓN DE PAGOS LABORALES EN LITIGIOS

Mediante el Concepto 010449 del 4 de agosto de 2025, la DIAN aclaró que los pagos de carácter salarial y prestacional derivados de litigios judiciales laborales pueden ser deducidos en el impuesto sobre la renta. Esta deducción procede incluso cuando el trabajador beneficiario ya no tenga una relación laboral vigente con el empleador, en la medida en que tales pagos conservan su naturaleza laboral por provenir de una relación de trabajo.

Para efectos de la deducción, la entidad enfatizó que el empleador debe generar el Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica (DSNE). Este requisito constituye la prueba formal exigida por la autoridad tributaria para reconocer el gasto como deducible.

La DIAN precisó además que estos pagos deben recibir el mismo tratamiento fiscal que los salarios ordinarios. Por ello, además de contar con el DSNE, deben cumplirse los requisitos generales previstos en la normatividad tributaria para la deducción de salarios.

Finalmente, la entidad advirtió que si no se expide el documento soporte en los casos en que corresponde, el gasto no será aceptado y se convertirá en una diferencia permanente, aumentando así la carga tributaria de la empresa

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