Decisión judicial y efectos temporales

El Consejo de Estado decretó como medida cautelar la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, por medio del cual el Gobierno fijó el salario mínimo legal mensual para 2026 con un incremento del 23%. No obstante, el auto difirió los efectos de la suspensión: esta solo se hará efectiva cuando el Gobierno expida y publique un decreto transitorio que fije el aumento aplicable en 2026 mientras se decide de fondo el proceso.

En ese sentido, entre la notificación del auto y la publicación del decreto transitorio, continúa aplicándose el salario mínimo 2026 actualmente vigente. La providencia también enfatiza que la medida cautelar no opera con efectos retroactivos, de modo que los derechos y obligaciones ya causados o pagados con base en el salario mínimo 2026 antes de la expedición del nuevo decreto se mantienen (por ejemplo: nómina, contratos, pensiones, multas y demás rubros indexados).

 

Órdenes del magistrado para el decreto transitorio

El despacho ordenó expedir y publicar un decreto transitorio dentro de los ocho (8) días calendario siguientes al día posterior a la notificación. Ese decreto deberá fijar el porcentaje transitorio de incremento y el valor total del salario mínimo 2026.

El punto central de la orden es la motivación: el Gobierno debe aplicar de manera integral la totalidad de criterios económicos y constitucionales previstos para la fijación del salario mínimo y explicar, de forma verificable, cómo se llega a la cifra. Esto implica detallar la metodología, la ponderación de variables, el razonamiento cuantitativo u operación aritmética utilizada, el contexto económico y el soporte en fuentes oficiales.

Adicionalmente, el auto advierte que no puede reproducirse el acto suspendido (ni mantener “en esencia” el mismo contenido sin la debida motivación y metodología exigida), y recuerda que el incumplimiento puede activar medidas de control, incluyendo incidente de desacato y sanciones.

Respuesta del Gobierno: decreto transitorio, concertación y mantenimiento del porcentaje

El Presidente Gustavo Petro reaccionó públicamente a la suspensión provisional señalando que el decreto suspendido contenía los criterios económicos y anunciando que expedirá un decreto transitorio, afirmando que seguirá las órdenes constitucionales.

De igual forma, indicó que se realizará una reunión de concertación inmediata a la luz de nuevas mediciones y estudios. En particular, mencionó la incidencia marginal del “salario vital” en el incremento de precios de algunos productos alimenticios y la necesidad de estudiar la incidencia del alza de la tasa de interés sobre el empleo, el déficit y los precios.

Paralelamente, el Gobierno anunció la interposición de recurso de reposición contra la medida cautelar. Finalmente, ha manifestado su intención de mantener el mismo porcentaje de incremento fijado en el Decreto 1469 de 2025, pero aportando nuevos argumentos y una justificación reforzada conforme a las exigencias del auto judicial.

 

Recomendaciones operativas para empleadores

Mantener la aplicación del salario mínimo 2026 vigente hasta tanto se publique el decreto transitorio, evitando ajustes anticipados.

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La información contenida en el presente boletín es de carácter estrictamente informativo. Por lo tanto, para la toma de decisiones particulares sobre los temas que se comentan, se deberá contar con el auxilio del asesor experto en el tema pertinente.

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