CALENDARIO DE OBLIGACIONES CORPORATIVAS 2023
En el presente Flash informaremos el calendario de las principales obligaciones corporativas del 2023, a saber:
1. REPORTES A LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES DE COLOMBIA
A. PLAZOS PARA EL REPORTE DE ESTADOS FINANCIEROS CON CORTE A 31 DE DICIEMBRE DE 2022 A SUPERSOCIEDADES (CIRCULAR EXTERNA NO. 100-000012 DEL 22 DE NOVIEMBRE DE 2022).
Estados financieros separado e individual, certificados y dictaminados, deberán ser entregados dentro de las fechas señaladas a continuación, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT.
Grupo 1 NIIF Plenas o Grupo 2 PYMES
B. PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN INFORME 50 DE PREVENCIÓN DE RIESGO DE LA/FT/FPADM E INFORME 52 DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA EMPRESARIAL.
A la fecha, la Superintendencia de Sociedades no ha emitido la Circular Externa que fije las fechas en las cuales se deben presentar los informes 50 y 52, no obstante, una vez la entidad expida la Circular Externa correspondiente, procederemos a notificarlos oportunamente en aras de dar cabal y oportuno cumplimiento a las obligaciones de prevención de riesgo de LA/FT/FPADM , al tiempo de, dar cumplimiento a las obligaciones concernientes a los asuntos de ética y transparencia empresarial.
C. PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN INFORME 42 DE PRÁCTICAS EMPRESARIALES (CIRCULAR EXTERNA NO. 100-000012 DEL 22 DE NOVIEMBRE DE 2022)
2. REPORTES A LA DIRECCION DE IMPUESTOS NACIONALES Y ADUANAS (DIAN)
A. PLAZOS DEL REPORTE DE INFORMACIÓN EXÓGENA CAMBIARIA DIAN – CUENTAS DE COMPENSACIÓN (RESOLUCIÓN 000124 del 28 de octubre de 2021).
Para grandes contribuyentes.
Para personas jurídicas y naturales.
B. REGISTRO UNICO DE BENEFICIARIOS FINALES (RUB). (RESOLUCION 164 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2021, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN N° 001240 DEL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2022)
El suministro inicial de la información en el Registro Único de Beneficiarios Finales –RUB debe efectuarse de manera electrónica por parte de las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas o creadas con anterioridad al 31 de mayo de 2023, a más tardar el 31 de julio de 2023.
Por su parte, las personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas o creadas con posterioridad al 1 junio de 2023, deberán efectuar el suministro inicial de la información en el Registro Único de Beneficiarios Finales –RUB, a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a la inscripción en el registro único tributario (RUT) o a la inscripción en el Sistema de Identificación de Estructura Sin Personería Jurídica –SIESPJ.
Cualquier cambio en la información del RUB deberá informarse si al primer día de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, hubo modificaciones respecto de la información suministrada.
3. REPORTES A LA UNIDAD DE INFORMACIÓN Y ANÁLISIS FINANCIERO (UIAF)
A. PLAZO DE REPORTES A LA UIAF (CIRCULAR BÁSICA JURÍDICA C.E 029/2014)
Reporte de ausencia de operaciones sospechosas (RAOS): cuando se determine que no hay lugar o existencia de operaciones sospechosas, surge el deber reportar de manera mensual dentro de los veinte (20) primeros días calendario del mes siguiente.
En todo caso, las fechas de reporte serán: el 10 de abril, el 10 de julio, 10 de octubre y el 10 de enero.
4. REPORTES A LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO DE COLOMBIA (SIC)
A. Plazos para presentar reclamos y modificaciones ante el Registro Nacional de Bases de Datos de la SIC. (Circular Externa No. 003 de 2018)
Los sujetos responsables del tratamiento de datos personales deben registrar sus bases de datos ante el Registro Nacional de Bases de Datos de la Superintendencia de Industria y Comercio y actualizar la información anualmente incluyendo cambios de la información; así mismo deben reportar las quejas y/o reclamos que se hayan recibido en calidad de responsables y/o encargados de los datos personales durante el semestre pasado. (esto es del 1 de julio de 2022 al 31 de diciembre de 2022). Así las cosas:
Actualización de la información en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD): entre el dos (2) de enero y el treinta y uno (31) de marzo de 2023.
Reporte de quejas y reclamos en materia de protección de datos personales: durante los quince (15) primeros días hábiles del mes de febrero de 2023, es decir se puede realizar el reporte hasta el veintiuno (21) de febrero de 2023.