Las 26 inconsistencias más frecuentes en la declaración de renta detectadas por la DIAN
La DIAN, a través de su Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes, emitió en marzo de 2024 un comunicado técnico y preventivo en el que expone las inexactitudes más comunes detectadas durante las auditorías del impuesto de renta. Este listado no solo busca advertir a los contribuyentes, sino fomentar una mayor diligencia en la preparación de las declaraciones del año gravable 2024.
- Riesgos identificados por la DIAN
A continuación, se exponen las 26 prácticas que pueden generar sanciones, con su respectivo fundamento jurídico cuando corresponde:
- Estructuras jurídicas y operaciones entre vinculados
1. Uso indebido de contratos de colaboración empresarial (uniones temporales, consorcios, cuentas en participación) para inflar costos o disminuir ingresos.
2. Operaciones con proveedores ficticios o insolventes.
3. Fusión de compañías con el único fin de trasladar pérdidas fiscales, sin acatar lo previsto en el artículo 147 E.T.
4. Gastos con casas matrices o vinculados del exterior que no tienen sustancia económica.
5. Préstamos simulados con vinculados extranjeros para afectar el patrimonio líquido y crear intereses ficticios.
- Costos, gastos y soportes
6. Costos y gastos sin los debidos soportes (facturas electrónicas o documentos equivalentes).
7. Inclusión de depreciaciones sin respetar los artículos 136 y 137 E.T., o de bienes no usados.
8. Amortización indebida de intangibles contraria a los artículos 142 y 143 E.T.
9. Depreciación de bienes usados sin cálculo razonable de vida útil ni ajuste al costo real (artículo 139 E.T.).
10. Inclusión de sanciones, multas, intereses moratorios y condenas como gastos deducibles, en contra de lo permitido por la ley.
- Declaraciones que afectan patrimonio e ingresos
11. Incremento injustificado del patrimonio entre vigencias, constituyendo renta gravable por diferencia patrimonial.
12. No inclusión de activos o registro de pasivos inexistentes (artículo 239-1 E.T.).
13. No atribución de activos, pasivos, ingresos o costos a establecimientos permanentes en Colombia (artículo 20-2 E.T.).
14. Omisión del cálculo del anticipo de renta (artículo 807 E.T.).
15. Omisión de intereses presuntivos (artículo 35 E.T.).
- Pagos al exterior y contratos internacionales
16. Pagos al exterior sin practicar la correspondiente retención en la fuente.
17. Regalías, asistencia técnica y otros pagos internacionales sin registro contractual conforme al artículo 123 E.T.
18. Deslocalización de rentas hacia entidades en paraísos fiscales.
19. Deducciones canceladas con medios de pago no autorizados (artículo 771-5 E.T.).
- Gastos laborales y seguridad social
20. Pagos laborales sin realizar aportes al Sistema de Seguridad Social, verificados por la UGPP.
21. Bonificaciones y pagos por retiro no sujetos a retención.
22.Pagos no laborales que superan el 40% de la remuneración, sin incluirse en la base de cotización.
23. Deducción de donaciones sin cumplir requisitos del artículo 125-3 E.T.
- Estructuras artificiosas y elusión
24. Negocios jurídicos sin razón económica real que solo buscan ventaja tributaria.
25. Utilidad en venta de activos fijos sin aplicar el tratamiento de los artículos 90 y 196 E.T.
26. Manipulación contable que desnaturaliza la realidad económica para reducir la renta líquida.
CUALQUIER INQUIETUD GUSTOSOS LA ATENDEREMOS.
La información contenida en el presente boletín es de carácter estrictamente informativo. Por lo tanto, para la toma de decisiones particulares sobre los temas que se comentan, se deberá contar con el auxilio del asesor experto en el tema pertinente.
SOMOS MIEMBROS DE GGI